miércoles, 19 de septiembre de 2012

CHILE DEBE LIBERAR A YOSEPI II MARINA CHILENA SE EQUIVOCO


Nave artesanal peruana YOSEPI II estaba a 214 millas de costa chilena

CHILE DEBE LIBERAR A  YOSEPI II
MARINA CHILENA SE EQUIVOCO

Por. Toribio Mamani Machaca. Defensa Marina

La capitanía de puerto del Perú extendió un documento firmado por el Capitán de Fragata SGC Martín Paucar Lecaros respondiendo a la solicitud del propietario de la Embarcación artesanal peruana YOSEPI II. En vista que los tripulantes han manifestado que se encontraban en aguas internacionales y que no cometieron ninguna infracción a las leyes de pesca de Chile.

YOSPEI II ESTABA EN AGUAS INTERNACIONES. Lo dice la armada chilena.

Refiere el documento que el 04 de Setiembre del 2012 fue conducido al puerto de Arica la embarcación artesanal peruana YOSEPI II.
Recién. Después de 04 días la Armada Chilena hace saber de la detención de los pescadores artesanales peruanos. El 08 de Septiembre del 2012 indica que la embarcación artesanal peruana YOSEPI II  de matricula IO-22672.BM ha sido intervenida en el mar el día 04 de Septiembre 2012  a las 05.15 hora chilena. 03.15 de la madrugada hora peruana con 04 tripulantes a bordo, en la posición de la latitud 25º 18.1 Sur y Longitud 074º.17.2 Oeste indicando como referencia, lugar de la detención 214 millas náuticas de la costa o litoral chileno.

SE LEGITIMA PROTESTA DE PESCADORES ARTESANALES ARROJANDOSE AL MAR A 214 MILLAS DE COSTA CHILENA.

De acuerdo a esta información de la armada chilena los pescadores artesanales si se encontraban EN AGUAS INTERNACIONALES. Entonces era justo el reclamo que hicieron pescadores artesanales peruanos. En todo momento no aceptaron la injusticia de la marina chilena. Reclamaron hasta llegar a la comprensible indignación por la abusiva intervención de los marinos chilenos de lanzarse al mar (3 de la madrugada hora peruana) a 214 millas de las costas chilenas en legítima protesta.  Pusieron en riesgo sus propias vidas por un reclamo que consideraban justo. 10 marinos chilenos contra 04 modestos pescadores artesanales sin ninguna arma a la vista. Un acorazado chileno blindado y armado contra una pequeña nave artesanal de madera.
Este abuso de la armada chilena como así se expresaron los propios pescadores artesanales. Que fueron vejados, humillados. Maltratados verbalmente. También fueron objeto de burla cuando se lanzaron al mar. Estuvieron mas de media hora viéndolos como llegaban al borde de la hipotermia. Para después ser subidos en un bote zodiac para ser enmarrocados y detenidos durantes dos días sin agua y sin comida. Les obligaron a botar su pescado fruto del esfuerzo y trabajo de varios días. Perdieron todos sus gastos de operación de la nave.  

ARMADA CHILENA PARA CONSUMAR EL ABUSO LEGALMENTE SE RETRACTA. En la misma documentación de la capitanía del Puerto Ilo. El capitán de puerto Capitán de fragata SGC Marco Paucar Lecaros informa que la armada chilena posteriormente volvió a enviar una segunda comunicación señalando la comunicación que hizo la armada chilena “”Informo la corrección del punto de referencia, es decir donde dice 214 millas náuticas al oeste del puerto de Talta, debe decir a 196 millas náuticas al Pto 118(punta ballenita)” 

DEFENSA MARINA.-
Los 04 tripulantes  pescadores artesanales peruanos y la nave YOSEPI II deben ser liberados. El estado chileno en aras de la armonía y la paz que se debe vivir como vecinos debe resarcir en sus derechos elementales a los tripulantes artesanales peruanos devolviéndoles su libertad sin condiciones. Devolverles los gastos que les ocasionaron y la perdida de su preciado producto. Su pescado.
Los pescadores artesanales peruanos exigen trato reciproco con sus connacionales. Sus pares pescadores artesanales chilenos cuando son intervenidos por la armada peruana son reclamados por los pescadores artesanales peruanos y tratados totalmente diferente a lo actuado por la marina chilena.
Se les presta todo el apoyo hasta el día de su liberación. Testigo de lo que se manifiesta los propios pescadores artesanales de la república de Chile y que fueron intervenidos por la marina peruana.
Y finalmente ¿Fueron 214 millas o fueron 196 millas?
Sin pretender ser conocedor de las leyes chilenas el jurídico internacional establece
 “In dubio pro reo” “La duda favorece al reo” 

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