sábado, 14 de diciembre de 2013

Ordenamiento pesquero avanza tras declararse improcedentes 448 solicitudes de pesca


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“El 10% de las exportaciones de la harina de pescado
debe ser para todos los peruanos”


Según Produce http://www.andina.com.pe/Espanol/noticia-ordenamiento-pesquero-sigue-adelante-tras-declarar-improcedentes-448-solicitudes-pesca-486771.aspx#%2314:37  Ordenamiento pesquero avanza tras declararse improcedentes 448 solicitudes de pesca  
Lima, dic. 14 (ANDINA). El ordenamiento pesquero sigue adelante, tras declararse improcedentes 448 solicitudes de pesca a menor escala, luego que 831 embarcaciones artesanales solicitaron cambiar sus títulos a menor escala para pescar anchoveta, dijo hoy el Ministerio de la Producción (Produce).
ANDINA/archivo
ANDINA/archivo
Cabe recordar que 831 embarcaciones artesanales solicitaron cambiar sus títulos a menor escala para pescar anchoveta, en el marco del Decreto Supremo 005-2012-Produce.
La titular de Produce, informó que un total de 135 permisos ya han sido otorgados y su validez está sujeta a la instalación del dispositivo satelital y a la firma de los convenios de abastecimiento.
"Continuando con el ordenamiento pesquero, Produce declaró improcedentes 448 solicitudes de embarcaciones artesanales, de un total de 831, que buscaban tener permiso para pescar anchoveta y acogerse al régimen de menor escala", anotó Gladys Triveño.
“Hemos declarado la improcedencia de estas solicitudes y notificado a sus titulares, porque sus embarcaciones no cumplen con los requisitos establecidos y su norma complementaria”, explicó el viceministro de Pesquería, Paul Phumpiu.
Precisó que, a la fecha, 135 embarcaciones sí cumplieron con las exigencias y ya recibieron sus permisos de pesca de menor escala en las regiones Ancash, Piura, Callao, Lima, Arequipa, Lambayeque, Moquegua y Tacna.
Ello, luego de superar el riguroso proceso de evaluación administrativa de Produce y la revisión técnica de la Dirección de Capitanías y Guardacostas (Dicapi), aunque otras 94 solicitudes siguen en proceso de evaluación.
Las embarcaciones que recibieron su permiso de pesca en la categoría de menor escala estarán aptas para extraer anchoveta para consumo humano directo, siempre que cumplan con instalar el dispositivo satelital y suscriban sus convenios de abastecimiento, así como el resto de requisitos establecidos en la normativa vigente.
"De otro lado, en estricto cumplimiento a lo ordenado por la reciente resolución de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia, publicada el 21 de noviembre de 2013, publicamos hoy el decreto supremo 011-2013-Produce, fijada por la Corte Suprema (hasta el 15 de diciembre)", añadió Phumpiu.
Refirió que la nueva norma establece, entre otras disposiciones, que la zona comprendida desde la línea de costa hasta las diez millas marinas, entre el extremo norte del dominio marítimo hasta los 16°00’ Latitud Sur (Atico, Arequipa), está reservada para la extracción de anchoveta destinada exclusivamente al consumo humano directo.
En la zona de reserva se realizarán actividades extractivas artesanales o de menor escala.
Las actividades artesanales se realizarán en la zona desde la línea de la costa hasta las cinco millas marinas y son exclusivas para embarcaciones de hasta diez metros cúbicos de capacidad de bodega, en la que predomina el trabajo manual.
Las actividades de menor escala se realizarán en la zona a partir de la milla cinco hasta la milla diez, reservada para embarcaciones de más de diez y hasta 32.6 metros cúbicos de capacidad de bodega y no más de 15 metros de eslora, que puede contar con modernos equipos y sistemas de pesca.
Se faculta al Ministerio de la Producción a aprobar los regímenes excepcionales temporales que resulten necesarios ante eventos extraordinarios que incidan en el comportamiento del recurso, previo informe del Imarpe.
La nueva norma cuenta con un informe científico de Imarpe, que consolida, articula y hasta amplía toda la información científica disponible y cuyos fundamentos fueron presentados por el ministerio para emitir el Decreto Supremo 005-2012-Produce.
También cuenta con un informe jurídico emitido por la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y derechos Humanos.
La nueva norma, firmada por el presidente de la República Ollanta Humala y la ministra de la Producción, Gladys Triveño, establece como zona de reserva las 10 millas marinas para el consumo humano directo.
Al respecto, el viceministro de Pesquería señaló que la norma resuelve la incertidumbre respecto a cómo se definirían las zonas de reserva según tipo de embarcación, teniendo en cuenta que el Decreto Legislativo 1084, conocido como la Ley de Cuotas, en su artículo 4, establece que las embarcaciones industriales de mayor escala que tienen cuotas deben pescar fuera de las zonas reservadas para la actividad de pesca artesanal y menor escala.
Señaló que la Ley de Cuotas reconoce la necesidad de diferenciar zonas de pesca y tipo de embarcaciones que pueden transitar por ellas y no es posible permitir la coexistencia en una misma zona reservada de embarcaciones de menor escala y de mayor escala.
Agregó que disponer que las diez millas marinas se reserven para el consumo de la población y la reproducción de la anchoveta, y de otras especies del mar peruano, tiene gran importancia pues, por ejemplo, en la zona norte existen 295 especies de peces, invertebrados y otros dentro de las cinco millas, así como 244 especies entre las cinco y las diez millas.
“La anchoveta es el alimento principal de estos otros peces que habitualmente están presentes en la mesa popular”, sostuvo Phumpiu.
(FIN) JJN  

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