viernes, 11 de mayo de 2012

PRONUNCIAMIENTO DEFENSA MARINA SOBRE BARCOS PESQUEROS DE BANDERA EXTRANJERA


                          DEFENSA MARINA
                    ORGANO INFORMATIVO DE LA PESCA ARTESANAL

                                   FUNDADO OCTUBRE DE  1,993 Director toribiomm@hotmail.com
                                       Web www.defensamarina.org   Blogger: http://defensa-marina.blogspot.com/

PRONUNCIAMIENTO

  
CONSIDERANDO:

- Que 2,000 embarcaciones artesanales poteras peruanas y su industria nacional procesadora exportadora son las que están siendo afectadas por la presencia de barcos poteros de bandera extranjera que vienen capturando el recurso Calamar gigante pota dentro de las 200 millas marinas peruanas. Las denuncias por varios años han sido hechas por los pescadores artesanales de altura y poteros y estos no han sido atendidos hasta la fecha en sus reclamos.

- Que después de la anchoveta que capturan las lanchas industriales y lo convierten en harina de pescado en los “crematorios” conocidos como fabrica de harina de pescado; Es el calamar gigante la pota la que esta siendo exportado para el consumo humano directo y es lo que esta dando vida y trabajo a las comunidades de pescadores artesanales en el país.

 - Que el estado peruano mediante Decreto Supremo 014-2011 PRODUCE publicado el  
       05 de Octubre del 2011 aprobó el Reglamento del Ordenamiento Pesquero del      
       Calamar Gigante Pota que claramente explica:

      Art. 3.2 Régimen de acceso para embarcaciones de bandera extranjera.

“Siempre que exista un excedente de la captura permisible no aprovechada por la flota nacional, y que no genere un impacto negativo a nivel social, económico y comercial sobre la industria nacional dedicada al procesamiento y exportación del recurso calamar gigante o pota, derivando del análisis bioeconomico y social las embarcaciones  de bandera extranjera podrán acceder a la actividad extractiva del citado recurso en aguas jurisdiccionales peruanas”

- Que, el Estado Peruano a través del PRODUCE ha venido dando autorizaciones de pesca a los barcos pesqueros de bandera extranjera a pesar de los reclamos y protestas de los pescadores artesanales y el reclamo de los representantes de la industria nacional que procesa el recurso calamar gigante Pota para la exportación.

- Que el PRODUCE viene promoviendo la inversión de una nueva flota potera industrial a través del DS-014-2011- PRODUCE sin haber desarrollado ningún tipo estudio de la afectación por competencia desleal a la flota potera artesanal compuesta por 2,000 naves artesanales pioneras en la captura de la pota y que dan trabajo a miles de trabajadores en la descarga, manipuleo de la pota en los muelles artesanales del país.

- Que el PRODUCE a través de la Resolución Ministerial 036-2012-PRODUCE publicado el 20 de Enero del 2012. Previo Informe del IMARPE ha establecido la Cuota de Extracción del Calamar Gigante Pota para el año 2012 en 500,00 toneladas.

 - Que los pescadores artesanales vienen mostrando su total rechazo al incremento de flota industrial potera y basan su denuncias y protestas en que esta nueva flota potera promovida por el DS 014-2011 PRODUCE competirán con clarísima ventaja por capacidad de bodega en contra de la flota potera artesanal. Para finalmente estos poteros industriales vender el mismo producto al mismo comprador que le venden los artesanales a través de la industria nacional procesadora de la pota. 

 - Que, en el sur del Perú en reciente Forum de Pescadores artesanales de la Macro región Sur que se desarrollo en el Puerto de Matarani-Arequipa el pasado 5 de Mayo del 2012 lideres de la pesca artesanal desde Pisco hasta Tacna en una muestra de total DESCONFIANZA EN EL ESTADO por que se persiste en seguir dando autorizaciones de pesca a los barcos pesqueros de bandera extranjera y promover la competencia desleal con nuevas lanchas industriales peruanas poteras acordaron LA DEROGATORIA del DS 014-2012-PRODUCE y se preparan para acciones de protestas masivas.

 - Que, la contribución primaria a la vigilancia marítima del mar peruano las 200 millas marinas del mar de Grau debe ser presencial con flota pesquera peruana desarrollando sus actividades de pesca. Y es la flota artesanal la que desarrolla la pesca de altura en aguas peruanas y aguas internacionales. Y la flota potera artesanal la que por evitar el deterioro del recurso pota por días  de navegación no pasa de las 100 millas marinas en sus faenas  de pesca.

- Que el representante de una prestigiosa ONG  OANNES Francisco Miranda dedicada al análisis y la investigación pesquera señala bajo el titulo:
 ¿QUIEN CONTROLA NUESTRO MAR? 
Varios amigos exportadores me comentaron durante la Expopesca, que sus contrapartes chinas, les informaron durante la ultima feria en China, que existían mas de 250,000 TM de calamar gigante congelado en stock. Y que aproximadamente el 75% de este stock, es decir aproximadamente 190,000 TM provenían de barcos calamareros congeladores chinos que habían pescado este recurso frente a las costas de Perú y Chile. Estos barcos congelan a bordo producto seccionado, limpian y separan el filete de la aleta, los tentáculos y los cuellos, compitiendo directamente con el productor nacional”
“Sabemos además que algunos dueños de barcos chinos han conversado con algunos productores nacionales, ofreciéndoles el producto de su pesca, para convertirla en filetes, alas y tentáculos pre cocidos y así exportarla a China con valores agregados. Lo que sin duda presionara mas a la baja el precio de la materia prima en playa.”

EN CONSECUENCIA

1.- Se exige al Ejecutivo nacional de cumplimento al Reglamento del Calamar Gigante Pota de acuerdo al Régimen de acceso para embarcaciones de bandera extranjera que ellos mismo publicaron en el DS 014.2011 PRODUCE y que a la letra dice:
 Las embarcaciones  de bandera extranjera podrán acceder a la actividad extractiva del citado recurso en aguas jurisdiccionales peruanas” cuando no genere un impacto negativo a nivel social, económico y comercial sobre la industria nacional dedicada al procesamiento y exportación del recurso calamar gigante o pota.

2.- El PRODUCE desarrolle un estudio y capacitación en el mas breve plazo que permita que la flota de naves artesanales poteras cuenten con ”naves madrinas de acopio de pota” que recepcionen este recurso de las naves artesanales en la misma zona de pesca y de esa manera se haga mas eficiente la captura de la pota de las naves artesanales en las 200 millas marinas peruanas. Esta modalidad de pesca ya lo practican naves ecuatorianas y muchas veces han sido vistas en aguas peruanas en la captura del perico.

3.-  Respecto de la inversión nacional en la creación de una nueva flota potera industrial se modifique el DS 014-2011-PRODUCE a fin de no afectar a los pescadores artesanales generándose una desleal competencia por capacidad de bodega. Y por que estas naves industriales tambien ofrecerán sus capturas de pota al mismo comprador de la flota artesanal potera.

4.- Exigir al Ejecutivo nacional RESPETO Y ATENCION a los pioneros de la pesca de la pota en el país los pescadores artesanales, por que son los que generan miles de puestos de trabajo en la captura del recurso pota y su procesamiento para la exportación en toda la costa peruana.

5.- El Imarpe desarrolle los estudios y seguimiento del calamar gigante pota con mas presupuesto considerando los cambios climáticos y estaciones para determinar los volúmenes de captura de la pota..

6.- Que el ejecutivo nacional asigne más presupuesto a la Marina de guerra del Perú e intervenga a la flota potera extranjera pirata. Y que las acciones de vigilancia estén sujetas a informes, control, verificación y fiscalización de las acciones.

7.- Que el PRODUCE haga público los informes de las labores de seguimiento, control y vigilancia que han desarrollado frente al accionar de los barcos de bandera extranjera en el mar peruano.

Ilo, Viernes 11 de mayo del 2012 

Toribio Mamani Machaca Director Defensa Marina.









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