DEFENSA MARINA
ORGANO INFORMATIVO DE LA PESCA ARTESANAL
FUNDADO OCTUBRE DE 1,993 Director toribiomm@hotmail.com
PRONUNCIAMIENTO
CONSIDERANDO:
- Que 2,000 embarcaciones
artesanales poteras peruanas y su industria nacional procesadora exportadora son
las que están siendo afectadas por la presencia de barcos poteros de bandera
extranjera que vienen capturando el recurso Calamar gigante pota dentro de las 200 millas marinas
peruanas. Las denuncias por varios años han sido hechas por los pescadores
artesanales de altura y poteros y estos no han sido atendidos hasta la fecha en
sus reclamos.
- Que después de la anchoveta que
capturan las lanchas industriales y lo convierten en harina de pescado en los “crematorios”
conocidos como fabrica de harina de pescado; Es el calamar gigante la pota la
que esta siendo exportado para el consumo humano directo y es lo que esta dando
vida y trabajo a las comunidades de pescadores artesanales en el país.
- Que el estado
peruano mediante Decreto Supremo 014-2011 PRODUCE publicado el
05 de Octubre del 2011 aprobó el
Reglamento del Ordenamiento Pesquero del
Calamar Gigante Pota que claramente
explica:
Art. 3.2 Régimen de acceso para embarcaciones de
bandera extranjera.
“Siempre que exista un excedente de la
captura permisible no aprovechada por la flota nacional, y que no genere un impacto
negativo a nivel social, económico y comercial sobre la industria nacional
dedicada al procesamiento y exportación del recurso calamar gigante o pota, derivando del análisis bioeconomico y
social las embarcaciones de bandera extranjera podrán acceder a la
actividad extractiva del citado recurso en aguas jurisdiccionales peruanas”
- Que, el Estado Peruano a través
del PRODUCE ha venido dando autorizaciones de pesca a los barcos pesqueros de
bandera extranjera a pesar de los reclamos y protestas de los pescadores
artesanales y el reclamo de los representantes de la industria nacional que procesa el recurso calamar gigante
Pota para la exportación.
- Que el PRODUCE viene
promoviendo la inversión de una nueva flota potera industrial a través del
DS-014-2011- PRODUCE sin haber desarrollado ningún tipo estudio de la
afectación por competencia desleal a la flota potera artesanal compuesta por
2,000 naves artesanales pioneras en la captura de la pota y que dan trabajo a
miles de trabajadores en la descarga, manipuleo de la pota en los muelles artesanales
del país.
- Que el PRODUCE a través de la Resolución Ministerial
036-2012-PRODUCE publicado el 20 de Enero del 2012. Previo Informe del IMARPE ha
establecido la Cuota
de Extracción del Calamar Gigante Pota para el año 2012 en 500,00 toneladas.
- Que los
pescadores artesanales vienen mostrando su total rechazo al incremento de flota
industrial potera y basan su denuncias y protestas en que esta nueva flota
potera promovida por el DS 014-2011 PRODUCE competirán con clarísima ventaja
por capacidad de bodega en contra de la flota potera artesanal. Para finalmente
estos poteros industriales vender el mismo producto al mismo comprador que le
venden los artesanales a través de la industria nacional procesadora de la
pota.
- Que, en el
sur del Perú en reciente Forum de Pescadores artesanales de la Macro región Sur que se
desarrollo en el Puerto de Matarani-Arequipa el pasado 5 de Mayo del 2012
lideres de la pesca artesanal desde Pisco hasta Tacna en una muestra de total
DESCONFIANZA EN EL ESTADO por que se persiste en seguir dando
autorizaciones de pesca a los barcos pesqueros de bandera extranjera y promover
la competencia desleal con nuevas lanchas industriales peruanas poteras acordaron
LA DEROGATORIA
del DS 014-2012-PRODUCE y se preparan para acciones de protestas masivas.
- Que, la contribución primaria a la vigilancia
marítima del mar peruano las 200
millas marinas del mar de Grau debe ser presencial con
flota pesquera peruana desarrollando sus actividades de pesca. Y es la flota artesanal
la que desarrolla la pesca de altura en aguas peruanas y aguas internacionales.
Y la flota potera artesanal la que por evitar el deterioro del recurso pota por
días de navegación no pasa de las 100 millas marinas en sus
faenas de pesca.
- Que el
representante de una prestigiosa ONG
OANNES Francisco Miranda dedicada al análisis y la investigación
pesquera señala bajo el titulo:
¿QUIEN CONTROLA NUESTRO MAR?
“Varios
amigos exportadores me comentaron durante la Expopesca , que sus
contrapartes chinas, les informaron durante la ultima feria en China, que
existían mas de 250,000 TM de calamar gigante congelado en stock. Y que
aproximadamente el 75% de este stock, es decir aproximadamente 190,000 TM
provenían de barcos calamareros congeladores chinos que habían pescado este
recurso frente a las costas de Perú y Chile. Estos barcos congelan a bordo
producto seccionado, limpian y separan el filete de la aleta, los tentáculos y
los cuellos, compitiendo directamente con el productor nacional”
“Sabemos
además que algunos dueños de barcos chinos han conversado con algunos
productores nacionales, ofreciéndoles el producto de su pesca, para convertirla
en filetes, alas y tentáculos pre cocidos y así exportarla a China con valores
agregados. Lo que sin duda presionara mas a la baja el precio de la materia
prima en playa.”
EN CONSECUENCIA
1.- Se exige al Ejecutivo nacional de cumplimento al
Reglamento del Calamar Gigante Pota de acuerdo al Régimen de acceso para embarcaciones de bandera extranjera que
ellos mismo publicaron en el DS 014.2011 PRODUCE y que a la letra dice:
Las embarcaciones de bandera extranjera podrán acceder a la
actividad extractiva del citado recurso en aguas jurisdiccionales peruanas”
cuando no genere un impacto negativo a nivel social, económico y comercial
sobre la industria nacional dedicada al procesamiento y exportación del recurso
calamar gigante o pota.
2.- El PRODUCE desarrolle un estudio y capacitación
en el mas breve plazo que permita que la flota de naves artesanales poteras
cuenten con ”naves madrinas de acopio de pota” que recepcionen este recurso de
las naves artesanales en la misma zona de pesca y de esa manera se haga mas
eficiente la captura de la pota de las naves artesanales en las 200 millas marinas
peruanas. Esta modalidad de pesca ya lo practican naves ecuatorianas y muchas
veces han sido vistas en aguas peruanas en la captura del perico.
3.- Respecto de la inversión nacional en la
creación de una nueva flota potera industrial se modifique el DS 014-2011-PRODUCE
a fin de no afectar a los pescadores artesanales generándose una desleal
competencia por capacidad de bodega. Y por que estas naves industriales tambien
ofrecerán sus capturas de pota al mismo comprador de la flota artesanal potera.
4.-
Exigir al Ejecutivo nacional RESPETO Y ATENCION a los pioneros de la pesca de
la pota en el país los pescadores artesanales, por que son los que generan
miles de puestos de trabajo en la captura del recurso pota y su procesamiento
para la exportación en toda la costa peruana.
5.-
El Imarpe desarrolle los estudios y seguimiento del calamar gigante pota con
mas presupuesto considerando los cambios climáticos y estaciones para
determinar los volúmenes de captura de la pota..
6.-
Que el ejecutivo nacional asigne más presupuesto a la Marina de guerra del Perú e
intervenga a la flota potera extranjera pirata. Y que las acciones de
vigilancia estén sujetas a informes, control, verificación y fiscalización de
las acciones.
7.-
Que el PRODUCE haga público los informes de las labores de seguimiento,
control y vigilancia que han desarrollado frente al accionar de los barcos de
bandera extranjera en el mar peruano.
Ilo, Viernes 11 de mayo del
2012
Toribio Mamani Machaca Director
Defensa Marina.
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